El artículo 25 del Código de Comercio obliga a todo comerciante a llevar, entre otros, el Libro Diario y el Libro Mayor. El Libro Diario registra las operaciones mercantiles en orden cronológico, día por día, detallando el carácter y las circunstancias de cada una — es el punto de entrada de todo asiento contable.
El Libro Mayor (o de cuentas corrientes) reorganiza esa misma información, pero por cuenta contable: muestra el saldo acumulado de cada cuenta (Caja, Banco, Proveedores, Ventas, etc.) a lo largo del tiempo, permitiendo ver de un vistazo cómo evolucionó cada cuenta específica.
En la práctica, ambos libros se generan automáticamente uno del otro: cada asiento ingresado en el Diario se refleja de inmediato en el Mayor de las cuentas que afecta, sin necesidad de traspasar la información manualmente.
En MUERMO Contable, cada asiento del Diario se refleja automáticamente en el Mayor de las cuentas afectadas — sin doble digitación.