DL 3.500 · Art. 19 · Ley 17.322

¿Qué pasa si el empleador no entera las cotizaciones?

No enterar las cotizaciones es una de las infracciones laborales más graves. Si el empleador descuenta las cotizaciones del sueldo del trabajador y no las paga a la AFP, FONASA o AFC, incurre en retención indebida de dineros ajenos, que puede constituir un delito penal conforme a la Ley 17.322. Las consecuencias son financieras y penales.

Consecuencias para el empleador moroso
Deuda con reajuste: IPC sobre el capital adeudado desde el vencimiento
Interés penal: interés mensual según la tasa vigente (aprox. 1,5% a 3% mensual)
Multas: la AFP o institución de salud puede cobrar multas adicionales
Querella penal: las AFPs están obligadas a querellarse cuando detectan mora
Impedimento de finiquito: la DT no puede visar finiquitos con cotizaciones adeudadas

Las AFP tienen la obligación legal de cobrar judicialmente las cotizaciones morosas cuando superan cierto umbral. Esto significa que el empleador que acumula deuda previsional puede verse enfrentado a una demanda ejecutiva sin previo aviso. Los juzgados de cobranza laboral son expeditos en estos casos.

Para el trabajador, las cotizaciones no pagadas afectan directamente su futura pensión, ya que su cuenta individual no crece. El trabajador puede verificar si sus cotizaciones fueron enteradas revisando su cartola de AFP en línea o consultando en la Superintendencia de Pensiones.

MUERMO lo previene

MUERMO genera la planilla de cotizaciones previsionales con los montos exactos listos para enterarse en PreviRed, reduciendo el riesgo de errores u omisiones que deriven en mora previsional.

Ver cómo MUERMO gestiona cotizaciones →