Ley 18.469 · DS N°369 Salud

¿Cuánto se descuenta para salud?

La cotización de salud obligatoria es el 7% de la renta imponible. Si el trabajador está afiliado a FONASA, ese 7% cubre la totalidad de su cotización legal. Si tiene ISAPRE y el precio de su plan supera el 7% del sueldo, la diferencia se descuenta también del sueldo del trabajador. El empleador en ningún caso aporta a la cotización de salud.

Descuento de salud según sistema
FONASA: 7% de la renta imponible — descuento fijo, sin diferencia
ISAPRE plan ≤ 7%: se descuenta solo el 7% (el excedente queda en la cuenta FONASA virtual)
ISAPRE plan > 7%: se descuenta el 7% + diferencia del plan (total puede superar el 7%)

Tope imponible para salud: 81,6 UF mensuales (igual que AFP)

El precio del plan de ISAPRE se expresa en UF y puede cambiar anualmente. Cuando el precio del plan sube y supera la cotización legal del trabajador, la diferencia la absorbe el trabajador directamente. Esto puede generar variaciones en el líquido a pagar mes a mes, especialmente cuando la ISAPRE reajusta sus planes en febrero o marzo de cada año.

Una situación frecuente: un trabajador con sueldo bajo y un plan de ISAPRE caro puede tener una diferencia de salud que representa un porcentaje importante de su sueldo. El encargado de remuneraciones debe revisar que la cotización registrada en el sistema esté actualizada con el precio vigente del plan.

MUERMO lo gestiona

MUERMO registra el sistema de salud de cada trabajador y el monto del plan ISAPRE en UF cuando corresponde, calculando automáticamente la cotización correcta y la diferencia en cada liquidación.

Ver cómo MUERMO gestiona cotizaciones →