Art. 42 N°1, 43 · Ley de Impuesto a la Renta

¿Cómo se calcula el impuesto único de segunda categoría?

El impuesto único de segunda categoría es el impuesto a la renta que pagan los trabajadores dependientes. Se calcula mes a mes sobre la renta imponible neta (sueldo bruto imponible menos las cotizaciones de AFP y salud) usando una escala de tasas progresivas expresada en UTM. El empleador lo retiene de la liquidación y lo entera al SII mensualmente.

Tramos de impuesto (expresados en UTM mensual)
0 a 13,5 UTM: Exento (0%)
13,5 a 30 UTM: 4%
30 a 50 UTM: 8%
50 a 70 UTM: 13,5%
70 a 90 UTM: 23%
90 a 120 UTM: 30,4%
120 a 150 UTM: 35%
Sobre 150 UTM: 40%

La UTM se actualiza mensualmente. Los tramos y el crédito se verifican en el SII.

El impuesto es progresivo y marginal: solo el tramo de renta que excede cada límite tributa a la tasa más alta, no el total. A cada tramo se aplica un crédito fijo (publicado por el SII) para corregir el efecto de la progresividad. Por eso el cálculo no es simplemente "renta × tasa del tramo".

La UTM (Unidad Tributaria Mensual) se reajusta por IPC cada mes, por lo que el umbral de exención en pesos varía. Con UTM de ~$67.000 (referencia 2024), el umbral exento es aproximadamente $905.000 de renta imponible neta. Sueldos bajo ese monto no pagan impuesto.

MUERMO lo calcula

MUERMO actualiza los tramos y la UTM mensualmente y calcula el impuesto de segunda categoría de forma automática para cada trabajador, aplicando los créditos correctos y emitiendo la liquidación con el detalle del tributo retenido.

Ver cómo MUERMO calcula remuneraciones →